JUBILACIÓN LOE Funcionarios de ayuntamientos y diputaciones

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JUBILACIÓN ANTICIPADA LOE PARA FUNCIONARIOS DOCENTES Funcionarios de ayuntamientos y diputaciones

  • Requisitos: Trabajadores por cuenta ajena con 60 años, pertenecientes a una mutualidad laboral antes del 01-01-1967.
    También, trabajadores con 61 años, inscritos como demandantes de empleo 6 meses antes de la solicitud de jubilación y habiendo acreditado al menos 30 años o más . La finalización de la relación laboral debe ser por causas ajenas al trabajador.

  • Cálculo de la pensión La pensión se obtiene de aplicar los siguientes porcentajes reductores a la base reguladora:

    • Con 30 años completos de cotización acreditados: 8 %

    • Entre 31 y 34 años: 7,5 %

    • Entre 35 y 37 años: 7%

    • Entre 38 y 39 años: 6,5 %

    • Con 40 o más años: 6%

  • Otras consideraciones: Se solicita en los dos primeros meses del año en que se pretende acceder a la jubilación.
    El interesado recibe una gratificación que está en función del tiempo de servicios y la edad que se tenga en el momento de la jubilación (31 de agosto del año en que se solicita).
    Esta modalidad estará vigente hasta el año 2010 (pendiente de la aprobación final de la LOE).

  • Normativa:

    • Disposición transitoria segunda de la LOE.

    • Resolución anual de la Comunidad de Madrid, que se publica habitualmente entre diciembre y enero . (Ver convocatoria 2007)

 

 

Otras Opciones de Jubilación son las siguientes:

Promocion