JUBILACIÓN FLEXIBLE Funcionarios de ayuntamientos y diputaciones

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JUBILACIÓN FLEXIBLE, Funcionarios de ayuntamientos y diputaciones

  • Requisitos: Tener cumplidos los 65 años y cesar en la actividad laboral, 15 años de cotización (2 en los últimos 15). Permite compatibilizar la percepción de la pensión con un trabajo a tiempo parcial.
    La jornada tendrá una duración de entre un 25 % y un 85 % de la jornada normal.

  • Cálculo de la pensión: Las cotizaciones efectuadas en la actividad realizada surtirán efecto para la mejora de la pensión una vez producido el cese del trabajo.
    El importe de la pensión a percibir se reducirá en proporción inversa a la reducción de la jornada de trabajo realizada por el pensionista.

  • Otras consideraciones: Estos trabajadores a tiempo parcial mantendrán la condición de pensionistas a efectos de reconocimiento y percepción de las prestaciones sanitarias.

  • Normativa:

    • Artículo 165.1 de la LGSS.

    • Artículo 1 de la Ley 35/2002

    • Artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores

    Puedes tener informacion telefonica en este enlace : Muface jubilacion

 

Otras Opciones de Jubilación son las siguientes:

Promocion