JUBILACIÓN PARCIAL laborales

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JUBILACIÓN PARCIAL laborales

  • Requisitos jubilación parcial personal laboral, laborales, funcionarios no muface :

  • Ser trabajador por cuenta ajena con 60 años y 15 años de cotización (2 en los últimos 15).

  • Concertar con la empresa un contrato a tiempo parcial que reduzca la jornada y salario entre el 25 % y 85%.

  • Con menos de 65 años, la empresa concertará simultáneamente un contrato de relevo. Con más de 65 años no es necesario.

  • Cálculo de la pensión: jubilación parcial personal laboral, laborales, funcionarios no muface

    • Resulta de aplicar el porcentaje de reducción de jornada al importe de la pensión que le correspondería.El importe resultante no podrá ser inferior al de la pensión mínima vigente para jubilados de más de 65 años.

Puedes tener informacion telefonica en este enlace : Muface jubilacion

  • Otras consideraciones:

  • Las pensiones de jubilación parcial serán objeto de revalorización en los mismos términos que las demás pensiones contributivas. La solicitud de jubilación parcial debe presentarse con una antelación máxima de tres meses.

  • Normativa jubilación parcial personal laboral, laborales, funcionarios no muface:

    • Artículo 2 de la Ley 35/2002

    • Artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores

Otras Opciones de Jubilación son las siguientes:

Promocion